El Govern confirma el segundo grado a los líderes del "procés"
España
Descarta conceder "de momento" el régimen de semilibertad o tercer grado a los encarcelados
n n n El Departamento de Justicia catalán ha clasificado en segundo grado u ordinario a los nueve líderes independentistas en prisión, como propusieron las juntas de tratamiento de las cárceles de Lledoners, Puig de les Basses y Mas Enric donde cumplen condena.
Según informó ayer la Consellería de Justicia, en manos de la republicana Ester Capella, la secretaría de Medidas Penales de la Generalitat avaló el acuerdo de las juntas de tratamiento de las prisiones, que el pasado 11 de diciembre, en decisiones no unánimes, descartaron conceder de momento el régimen de semilibertad o tercer grado a los líderes del "procés".
Justicia tenía de plazo hasta mediados de febrero próximo para resolver la clasificación definitiva de los presos del "procés": en primer grado o régimen cerrado -con las medidas de control más restrictivas-, en segundo -ordinario- o en tercero o abierto, que permite a los reclusos salir a diario y regresar a la cárcel solo a dormir.
Con su decisión de ayer, la Secretaría de Medidas Penales del Govern cierra el paso a la posibilidad de que los condenados por el Supremo sean clasificados directamente en tercer grado, régimen que reclamaban tanto los presos de JxCat como los responsables políticos de la formación.
Para ratificar el segundo grado propuesto por los técnicos de las cárceles, el Servicio de Clasificación del Departamento ha tenido en cuenta el "proceso de inserción social favorable" de los reclusos, pero también la alta duración de las penas impuestas a los líderes del procés, de entre nueve y trece años de prisión, según ha apuntado la consellería en un comunicado a los medios. El segundo grado u ordinario puede ser flexibilizado en un futuro mediante la aplicación de artículos del régimen penitenciario, como el 100.2 o el 117, que permite salidas diurnas del centro penitenciario para trabajar o llevar a cabo labores de voluntariado.
La opción del segundo grado flexibilizado permite esquivar el control del Supremo, dado que los eventuales recursos contra la aplicación de esos artículos se agotarían en la Audiencia de Barcelona, mientras que en las clasificaciones es el tribunal sentenciador el que tiene la última palabra. Una vez clasificados, los presos que hayan cumplido una cuarta parte de sus condenas podrán disfrutar de permisos de salida. En el caso de los Jordis, a partir del martes.
La larga duración de las penas impuestas a los líderes independentistas ha sido el principal obstáculo para ser clasificados inicialmente en régimen abierto. La clasificación inicial de los políticos presos, que la ley obliga a revisar en medio año, podrá ser recurrida por la Fiscalía y las defensas, aunque sin efectos suspensivos, hasta que sea el Supremo el que se pronuncie sobre la situación.n
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