Condenado por prevaricar el exalcalde Francisco Rodríguez

Galicia

Junto al exregidor socialista ourensano son condenados dos exediles y un director xeral local

agencias ourense
Publicado: 24 feb 2018 - 04:32
Áurea Soto, Francisco Rodríguez, Iolanda Pérez, Xosé Carballido y Fernando Varela, durante el juicio.
Áurea Soto, Francisco Rodríguez, Iolanda Pérez, Xosé Carballido y Fernando Varela, durante el juicio.

n n n El Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense condenó a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa en el caso de las asistencias técnicas al exalcalde socialista de Ourense Francisco Rodríguez. Además del que era regidor en el momento de los hechos, fueron condenados a la misma pena los entonces concejales Áurea Elena Soto Vázquez y Xosé Fernando Varela Parada, así como el director xeral de Rehabilitación Urbana Xosé Carballido Presas. Según precisa el fallo, la inhabilitación "comprenderá los cargos de alcalde y concejal o cualquier otro de naturaleza electiva y ámbito local que implique participación en el gobierno municipal, con la incapacidad para obtener otros análogos en el ámbito autonómico o estatal durante el tiempo de la condena".

Por su parte, la magistrada absuelve a la entonces concejal del BNG Iolanda Pérez Docampo y Xosé Somoza Medina, que era portavoz municipal del Bloque. Ambos habían abandonado sus responsabilidades políticas tras la imputación.

Fiscalía había solicitado que la condena también inhabilitase a los acusados para ejercer un puesto como funcionario público. Sin embargo, la sentencia consideró esta petición como "absolutamente desproporcionada al hecho delictivo" por lo que los condenados podrán seguir ejerciendo sus trabajos en la función pública.

La acusación había pedido diez años de inhabilitación para los seis cargos del gobierno bipartito del PSOE y BNG por seis delitos continuados de prevaricación en las contrataciones o prórrogas bajo la modalidad de asistencias técnicas de cinco trabajadores en el Área de Rehabilitación, VPP y Peris, entre los años 2008 y 2013.

Para la juez, los contratos denunciados "supusieron una clara contravención de todos los límites legales vigentes" al tratarse de una contratación "a dedo" y sin que hubiera un concurso público que valorase el mérito y la capacidad de los candidatos. Además, insiste en que "ya desde su inicio" ninguno de estos puestos de trabajo se trataba de un contrato menor, porque no cumplían con los requisitos establecidos por ley que exige que no superen los 18.000 euros anuales, que no tengan una duración superior a un año y que no puedan ser prorrogados. Sin embargo, los cinco trabajadores vieron renovados sus puestos de a pesar de los numerosos reparos presentados por el interventor, a partir de febrero de 2011 en contra del sistema de contratación y alertando de que no se trataba de "contratos menores". n

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