La Xunta permitirá teletrabajar 15 días al mes a sus funcionarios

Galicia

La modalidad será voluntaria y reversible para el empleado que lo solicite y para la Administración

agencias
Publicado: 17 oct 2020 - 03:55
La pandemia ha reforzado la opción del teletrabajo.
La pandemia ha reforzado la opción del teletrabajo.

El borrador del acuerdo sobre la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo en la Administración de la Xunta recoge que los empleados públicos podrán acogerse a esta opción, como máximo, la mitad de las jornadas mensuales y, en todo caso, esta modalidad no se puede ejercer semanas completas. Según se incluyó en este texto, que ahora será sometido a la negociación sindical, el número máximo de jornadas que se podrán desarrollar en la modalidad de teletrabajo "no podrá superar la mitad de las jornadas laborales mensuales y en ningún caso se podrán prestar servicios en esta modalidad de forma continuada durante toda una semana natural".

Además, apunta que "un día de cada semana todo el cuadro de personal de la unidad prestará servicios de forma presencial simultáneamente". Asimismo, con carácter general, la jornada diaria de trabajo "no podrá fraccionarse para ser prestada en ambas modalidades".

Los sindicatos recibieron en la mañana de ayer el borrador de propuesta realizado por la Consellería de Facenda, una adaptación que fue anunciada la semana pasada en la Comisión Institucional del Parlamento y que situará a Galicia "como una de las primeras comunidades" en adaptar el marco normativo estatal, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de septiembre, según destaca el departamento autonómico.

Según las fuentes sindicales consultadas, se abre un plazo para presentar alegaciones hasta el próximo miércoles y el viernes que viene se sentarán a negociar ambas partes para tratar de alcanzar un texto de consenso.

La modalidad de teletrabajo será voluntaria y reversible, tanto para el empleado público que lo solicite como para la Administración, según el borrador. La autorización tendrá duración de un año y se prorrogará automáticamente en las mismas condiciones mientras persistan las circunstancias que dieron lugar a esa autorización.

El texto recoge que las unidades administrativas contarán con presencia diaria mínima obligatoria del 40 por ciento de sus efectivos y la jornada diaria de trabajo no podrá fraccionarse para ser prestada en dos modalidades -presencial y a distancia-.

El teletrabajo, además, será compatible en cualquiera de las modalidades horarias -ordinaria, flexible o especial- permitidas. Los días en los que se desarrolle la modalidad de teletrabajo, el horario de referencia para las personas que tengan autorizado el horario flexible de conciliación familiar y laboral será el comprendido entre las 9,00 y las 14,00 horas.

Excepciones

No podrán aplicarse en aquellos puestos con unas funciones que exijan "necesariamente" la prestación de servicios presenciales, es decir, los que aquellos en los que la prestación efectiva solo quede garantizada con la presencia física del empleado público. En todo caso, se encuentran en este apartado los puestos de personal no docente en centros docentes y en centros de formación e inserción profesional, los destinados en residencias y centros de atención a personas mayores y con diversidad funcional, centros de recepción y acogida de menores, centros especializados en atención a mayores, centros de evaluación de personas con discapacidad, etc.

Además, el borrador establece que no podrán ser desempeñados en régimen de teletrabajo aquellos de oficinas de registro y atención e información a la ciudadanía; puestos de personal conductor y subalterno; técnicos o administrativos de unidades con atención 24 horas -emergencias, prevención de incendios y otras análogas-; agentes forestales, guardacostas o similares, o secretarías de altos cargos. n

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