Absuelto de romper un veto de comunicación tras enviar cuatro wasaps a su expareja en Vigo
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La Audiencia anula un quebrantamiento de condena por ser conducta “aislada” y “no insistente”
El envío de cuatro mensajes de whatsapp no son suficientes para quebrantar una prohibición de comunicación sobre una víctima, si estos no tienen insistencia y son inocuos. Así lo asegura una sentencia de la sección quinta de la Audiencia de Vigo que anuló la condena de seis meses de prisión a un hombre tras enviar cuatro mensajes por móvil a su expareja, de la que tenía orden de alejamiento y comunicación. El tribunal admitió el recurso presentado por la defensa contra el fallo en primera instancia del Juzgado de lo Penal 2 de Vigo.
De esta forma, absuelve al condenado entendiendo que los cuatros whatsapp enviados corresponden a una conducta aislada y nada insistente. En concreto, éstos tenían un contenido muy concreto, referido a hijos comunes, y que, “fuera del trauma que pueda afectar a la víctima, objetivamente no encierran ningún carácter insultante o intimidante”. Añade que dicha conducta asilada se concretó en los minutos escasos en los que se enviaron los referidos mensajes, por lo que “bien pudiera incluirse dentro de los supuestos de contactos fortuitos o casuales, en los que la doctrina legal viene excluyendo la tipicidad de la conducta. De esta forma, el carácter aislado de este contacto, unido a lo “inocuo” de los mensajes, que no fueron seguidos de ninguna comunicación posterior, debe quedar, fuera del Derecho Penal.
Recuerda que con la tipificación de la conducta penal, el legislador persigue salvaguardar la integridad de la víctima y protegerla de un presunto delito.
Casos similares llegan con frecuencia a los juzgados . Uno de ellos, que quedó ayer aplazado en el Penal 2 de Vigo, llevará al banquillo a otro vigués acusado de incumplir la medida cautelar impuesta por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer hacia su ex pareja de prohibición de comunicación . En este caso, la Fiscalía solicita un año de cárcel por un delito continuado de quebrantamiento. El mismo día en el que se dictaba la orden, en septiembre de 2017, el acusado pidió el teléfono a un amigo a través del cual hizo una llamada primero a su exmujer y luego le envió tres mensajes de whatsapp: “Rodolfo. Tas. Perdón” .
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