El exalcalde Manuel Pérez, absuelto por la Audiencia

vigo

El tribunal no haya suficientes motivos para desvirtuar la presunción de inocencia

redacción. vigo localad@atlantico.net
Publicado: 16 nov 2017 - 03:44
Manuel Pérez, en el juicio del 31 de octubre en la Audiencia.
Manuel Pérez, en el juicio del 31 de octubre en la Audiencia.

nnn A las cinco de la tarde de ayer se enteraba Manuel Pérez, alcalde de Vigo entre 1995 y 1999, de que el tribunal de la Audiencia le había absuelto del delito de abuso cometido por funcionario público en el ejercicio de sus funciones, en su caso como inspector de Trabajo sobre una empleada de una panadería a la que recibió en su despacho. Aunque no quiso hacer declaraciones "porque ahora soy un ciudadano más" aseguraba que no tenía duda del veredicto. Asunto zanjado salvo recurso de casación.

La sentencia de Audiencia viguesa considera que no ha quedado probado el cargo imputado por el fiscal -pedía 18 meses de prisión y 7 años de inhabilitación- tras una denuncia presentada por el novio de la mujer. En ella aseguraba que el curso de la entrevista que ambos mantuvieron en el despacho del acusado éste le hizo efectuado proposiciones de contenido sexual. En la sentencia, de 13 páginas, no se deja en mal lugar a la trabajadora, ya que el ponente del fallo reconoce que no faltó a la verdad en los "elementos esenciales" de su relato, aunque sí aprecia variaciones en algunos matices en las diferentes reconstrucciones de los hechos ante la Policía y en fase de instrucción. Pero concluye que no hay suficientes argumentos para condenar al acusado cuando la declaración constituye la única prueba de cargo. "Una deficiente superación de los tres parámetros de contraste impide que la declaración inculpatoria pueda ser apta por sí misma para desvirtuar la presunción de inocencia por falta de certidumbre". En definitiva es la palabra de uno contra la de otro.

No obstante, el tribunal ve algunas incongruencias en el relato de la acusación cuando habla de los regalos que supuestamente le llevó al inspector y si se llegó a sentar en el despacho cuando fue abordada. Asimismo, ve "ciertas inconsistencias" en los testimonios del exnovio de la víctima, quien denunció a la Policía tocamientos diferentes a los relatados por ella. La Audiencia también ha tenido en cuenta las deficiencias de aislamiento acústico de la Inspección de Trabajo en Vigo, e indica que "cualquier elevación de voz" que se hubiera producido en el despacho habría sido escuchada por otros funcionarios.

Añade que "aunque es posible, y hay algunos datos que permitirían avalar la versión de que se habrían producido esos actos" por parte de Manuel Pérez, "las dificultades" apreciadas impiden estimar acreditados los hechos denunciados.

Según la Fiscalía, en abril de 2015 Manuel Pérez realizó una inspección, a raíz de una denuncia anónima, en una panadería en la que localizó a Verónica E.A. trabajando sin estar de alta en la Seguridad Social a la vez que cobraba el paro. Tras recibirla en su despacho, en el que supuestamente se produjo el episodio de abuso, el exalcalde se abstuvo de intervenir en el expediente incoado a raíz de la citada inspección. En la vista oral, negó categóricamente que intentara besar o que le tocara una nalga a esta trabajadora, que alabara la belleza de sus ojos o incluso que la tuteara durante la conversación que ambos mantuvieron en su despacho. n

Contenido patrocinado

stats