Fiscalía recurre la sentencia sobre los peajes abusivos de la AP-9

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redacción. vigo
Publicado: 23 jul 2020 - 01:40
Uno de los peajes existentes en la Autopista del Atlántico (AP-9
Uno de los peajes existentes en la Autopista del Atlántico (AP-9

La Fiscalía de Pontevedra recurrió ayer la sentencia dictada por el juzgado de lo mercantil número 1 de Pontevedra que confirmó el cobro de peajes abusivos en la autopista AP-9 entre febrero de 2015 y junio de 2018.

El fallo obliga a la concesionaria, la compañía Audasa, a devolver el dinero cobrado a sus usuarios durante las 81 incidencias de tráfico que, en dicho periodo, se registraron en esta vía de alta capacidad debido a los atascos provocados por las obras de ampliación de Rande.

La impugnación de la Fiscalía busca una nueva sentencia en que se establezca que el cese de esta práctica abusiva se refiera a cualquier autopista gestionada por Audasa en España y no solo a la AP-9, incluyendo el deber de abstenerse de utilizarla en el futuro.

Además, el ministerio público reclama que la devolución del dinero se extienda a todos los usuarios que circularon por la autopista durante los tres años y medio que duraron las obras y no solo a los que lo hicieron durante los 81 incidentes concretos enumerados en la sentencia.

A este reembolso el fiscal añade una indemnización consistente en el doble del importe del peaje a todos los usuarios -conductores o pasajeros-, que no sean profesionales de la conducción y titulares de empresas de transporte de mercancías o pasajeros y que puedan acreditar haber sufrido retenciones superiores a los diez minutos.

El escrito de la Fiscalía contiene además una oposición al recurso presentado por Audasa y en el que, entre otras cuestiones, solicita la nulidad de la sentencia al entender que es la jurisdicción contenciosa-administrativa y no la civil la que debe juzgar estos hechos.

Audasa también impugna el fallo porque las obras siguieron las "normas y directrices" de la administración y porque estaba "obligada" a cobrar las tarifas "sin descuento o reducción", ya que el régimen jurídico de la concesión fija que no tiene "capacidad alguna" para aplicar precios inferiores a los aprobados o reducir voluntariamente el importe del peaje.

De no aceptarse esta nulidad, la compañía solicita al juzgado que se limite el alcance de la sentencia al entender que durante las obras de Rande se produjeron menos incidencias.

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