El jurado, unánime: César Adrio, culpable del asesinato de Ana Enjamio con alevosía

JUICIO POR EL CRIMEN DE ANA ENJAMIO

El veredicto de culpabilidad se basó en los restos de sangre en el coche, el ADN en la ropa de la víctima y los testigos. El jurado cree que es un crimen pasional pero no machista. El acusado se enfrenta a una condena de hasta 32 años de cárcel

ana j.pastor. vigo
Publicado: 21 dic 2019 - 00:48
César ayer, escuchó al jurado cuando le condenaba por el asesinato de Ana Enjamio. Al lado, su abogado.
César ayer, escuchó al jurado cuando le condenaba por el asesinato de Ana Enjamio. Al lado, su abogado.

Implacable y unánime, el jurado popular encargado de juzgar el crimen de la joven Ana Enjamio tiró por tierra ayer la teoría del crimen perfecto y señaló directamente al acusado como culpable de asesinato con alevosía y ensañamiento. Los cinco hombres y cuatro mujeres que conformaban el tribunal popular tardaron un día y medio en decidir un veredicto, que se leyó ayer en la Audiencia en presencia del propio acusado, las partes y la familia de la víctima.

No hubo fisuras en la votación de los miembros al considerar probado no sólo que César acabó con la vida de su expareja de forma sorpresiva y sin posibilidad de defensa sino que antes de hacerlo la hostigó y vulneró de forma reiterada su esfera personal. De esta forma, el veredicto fue incluso más allá de la tesis de la Fiscalía, que acusaba solo de asesinato y acoso, añadiendo como delito acreditado el de vulneración de secretos que reclamaba el abogado de la familia.

En cuanto a las agravantes, también hubo unanimidad en la de superioridad, parentesco, además de ensañamiento y alevosía, mientras que el desacuerdo estuvo en la de género, que no quedó probada.

Los llamados elementos de convicción para el veredicto de culpabilidad, es decir, las pruebas que demostrarían que el acusado fue el autor del asesinato, acoso y vulneración de secretos o de intimidad se centraron en la declaración de los testigos, los informes forenses y de la Policía Científica, así como, y de forma muy relevante, el testimonio de un guardia civil que pasaba por el lugar de los hechos.

Relación. El jurado considera demostrado que fue en 2015 cuando la víctima conoció al acusado a raíz de comenzar a trabajar en la misma empresa en O Porriño. El contrato de arrendamiento de una vivienda en Sanjurjo Badía ratificaría que entre diciembre de 2015 y enero de 2016 comenzaron una relación a raíz de la cual convivieron juntos. Tanto César como Ana mantenían su relación oculta en su entorno personal y también en el laboral. La declaración de los compañeros de trabajo, amigos y familia lo corroboran, según el jurado. Además, sostiene que la convivencia cesó en julio de 2016, en base a la propia declaración de César, a la del antiguo novio de Ana y a que “nadie desmiente ese hecho”.

Acoso y vulneración de la intimidad. César no aceptó la ruptura, comenzando a partir de entonces el hostigamiento y control hacia la víctima, afirma el tribunal popular, que cuenta con el email enviado a Samuel por el acusado donde le daba detalles de sus encuentros con Ana, el incidente en el que impidió salir del coche a la víctima, las aplicaciones espía en el móvil (según un testimonio del compañero y de la Policía) y la declaración de César como las principales pruebas. Pero además, el acusado le roba el móvil y lo asume y envía un mensaje a Samuel.

Asesinato. El objeto del veredicto continúa con un relato probado que señala que el 16 de diciembre, Ana y César coinciden en la cena de Navidad del trabajo. Tras terminar la cena, la víctima, “que no quería estar” con el acusado se marcha para su domicilio sobre las cinco de la madrugada (hora de las imágenes de las cámaras del parking de donde salió el coche hacia la avenida de Madrid). En el portal, fue abordada de una manera sorpresiva por César, el cual seguía insistiendo en sus intenciones con ella, pidiéndole que se marchara. El jurado entiende que este hecho queda probado por la declaración de un guardia civil que pasaba por la zona, que realiza una descripción de la pareja y que escucha a la chica pidiéndole a él que se marche. En el curso de aquel encuentro, César sacó un cuchillo o arma blanca, con la que atacó a la víctima, clavándoselo y causándole la muerte. Los miembros del jurado por unanimidad acreditan lo ocurrido con las lesiones que presentaba el cadáver y de nuevo con la declaración del guardia civil. “Declara haber perdido de vista a la pareja que previamente había visto en el portal por lo que se deduce que éstos se encuentran en dicho portal”, señalan. Añaden como pruebas los restos de sangre de la víctima que la Policía Científica encontró dentro del coche del acusado y los restos biológicos de él en la ropa.

El ataque se produjo con el propósito de acabar la vida de la joven, clavando el cuchillo de forma reiterada en el cuello y en el cuerpo hasta en 28 ocasiones, 21 en la mama izquierda de las que doce alcanzaron el corazón y seis se lo atravesaron. Lo corrobora, a juicio del jurado, el informe forense de la autopsia.

Alevosía. De nuevo, el testimonio del agente que asegura que no aprecia temor en el tono utilizado por la joven del portal, así como el hecho de que ella llevara a César ese mismo día por la tarde al hospital en coche y que le confesara a Samuel, cuando el incidente del vehículo, que se fuera que no pasaba nada, corroboran para el tribunal popular que ella no tenía miedo de César y éste actuó de forma sorpresiva causando total indefensión al desconocer ella que llevaba un cuchillo y estar sola en el portal.

Ensañamiento. El informe forense es la clave, al señalar que con una sola puñalada habría sido suficiente por lo que con tal número de heridas “quería ocasionarle un incremento al dolor de la propia muerte”.

Parentesco y superioridad. Resalta el veredicto que hubo parentesco por la convivencia y estaba en situación de superioridad en el ataque.

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